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INTT supervisa a las plataformas tecnológicas de transporte privado de personas y de encomienda

El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) como ente rector de la movilidad en el país, ha realizado reuniones y atendido a los representantes de las aplicaciones tecnológicas que enlazan a usuarios que requieren trasladarse haciendo uso de un transporte privado, con conductores que están asociados a las mismas, o que solicitan el transporte de alguna encomienda.

En Venezuela, como en el mundo, actualmente existen aplicaciones que permiten solicitar traslado privado y de encomiendas a través de teléfonos celulares, y esta modalidad se ve reflejada en la Ley de Transporte Terrestre, en el artículo 122 que reza “El servicio de transporte privado modalidad personal, es el que prestan las personas naturales o jurídicas u organismos públicos o privados, por cuenta propia o de terceros debidamente autorizados, en rutas previamente acordadas entre las partes”. Esto quiere decir que, quienes prestan el servicio privado no requieren de paradas ni terminales, ya que la ruta es acordada por quien solicita el servicio.

Entretanto, el artículo 133 de la referida Ley señala los diferentes tipos de Servicios Conexos, entre los cuales se refleja el transporte de encomienda, el cual es también autorizado y regulado por el INTT. Es así como actualmente el INTT, a través de diversas reuniones con los representantes de las aplicaciones que existe en el país, da cumplimiento a lo reflejado en la Ley, autorizando y supervisando la prestación del servicio de traslado privado de personas y de encomienda que se ofrece a través de estas plataformas tecnológicas.

Para ser otorgada la autorización a estás aplicaciones de transporte privado de personas y de encomienda deben consignar ante el INTT: el listado de los conductores afiliados a las mismas, así como la información de la flota vehicular, placas identificadoras de los vehículos, datos del propietario y de aplicar los datos del conductor del vehículo. También, la flota vehicular debe ser no mayor de 15 años y contar con las condiciones optimas de Seguridad, Higiene y Confort, presentar el seguro para los vehículos y los ocupantes y realizar la cancelación de la tasa correspondiente para esta autorización. Asimismo, los conductores no deben poseer antecedentes penales y en un lapso de 6 meses deben haberse certificado en una Escuela de Transporte autorizada por el INTT para obtener la licencia de conducir de grado Título Superior Profesional.

El INTT hace un llamado a aquellas aplicaciones que aún no han tramitado ante el ente la permisología requerida en Ley, a ponerse al día y así poder continuar prestando el servicio en conformidad con la normativa legal vigente.

 

INTT PRENSA/ ANDREINA NAVARRO.