Registro de Empresas Fabricantes, Ensambladoras, Carroceras, Importadoras, Distribuidoras y Talleres Especializados en Reformas de Vehículos (REFECIV).

Registro de empresas fabricantes, ensambladoras, carroceras e importadoras de vehículos (se incluyen los talleres especializados en reforma de vehículos).

Dirigido a las empresas del sector automotriz y metalmecánico debidamente establecidas en el territorio nacional, esto de conformidad con el Artículo 49 de la Ley de Transporte Terrestre, con el fin de que el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, determine la correcta clasificación vehicular de las unidades que producen las empresas del sector previa a su comercialización, optimizando así el registro de los vehículos comercializados.

Recaudos y Requisitos:

Documentación física a consignar (en una carpeta):

  1. Carta de solicitud dirigida al Ciudadano Gerente de Transporte Terrestre, en la misma deberá describir toda la documentación física y electrónica que se consigna.
  2. Carta de presentación de la (s) persona (s) autorizada (s) por la empresa a representarlo ante el INTT anexando copia (s) de la cedula (s) de identidad y carnet Institucional.
  3. Original de la planilla de Inscripción del REFECIV de acuerdo con el formato suministrado por el INTT, la misma deberá ser consignada debidamente firmada por el representante legal y sello de la empresa.
  4. Original de la carta de autorización de acceso a las instalaciones de la empresa debidamente firmada por el representante legal y sello de la empresa.(Descargar)

Documentación en formato electrónico (CD) a consignar:

  1. Registro de Información Fiscal (RIF) de la empresa.
  2. Acta constitutiva de la empresa y la publicación de su registro (el objeto de la empresa debe coincidir de forma clara y explícita con la actividad que desarrolla).
  3. Ultima acta de asamblea debidamente registrada.
  4. Certificado de solvencia laboral, (MPPT), solvencia INCES, y solvencia IVSS, (vigentes).
  5. Registro de marca (publicación) o licencia de uso de la misma emitido por SAPI, a utilizar en los vehículos a comercializar.
  6. En caso de empresas con representación en el territorio nacional deberán consignar copia del contrato el mismo deberá indicar como mínimo; marca y modelo de los vehículos a comercializar. cumplimiento de política post – venta, garantías y vigencia del contrato.
  7. Calificación de empresa emitida por el M.P.P. con competencia en materia de Industrias y Política Automotriz.
  8. Copia del documento, donde le es asignado el Identificador mundial de fabricante (IMF) (WMI) emitido por la autoridad competente del país de origen, de conformidad con los parámetros internacionales reconocidos para tal fin (en caso de vehículos importados la marca a comercializar en territorio venezolano debe estar descrita en dicho documento).
  9. Certificado de emisiones fuentes móviles vigente emitido por el MPP con competencia en ambiente y ecosistema.
  10. Dosier descriptivo de la empresa, deberá cubrir visión misión describir las actividades de cada una de las áreas que la integran, cumplimiento de política post venta (anexar registro fotográfico).
  11. Completar los formatos (Descargar):
    • Registro de empresa REFECIV.
    • Concesionarios y servicios.
    • Relación de vehículos.
    • Tabla de colores.
    • Desglose del IMF WMI.
    • Desglose del NIV general.
    • Ficha técnica comercial con imágenes referencial del vehículo.

Nota:

a) Toda comunicación de fuente extrajera deberá presentarse debidamente traducida al idioma castellano y apostillada.

b) Solo se aceptarán solicitudes que cumplan con todos los recaudos acá exigidos sin excepción.