Permiso Complementario de Prestación de Servicio (Pasajeros) (En el marco de las relaciones Venezuela – Brasil).

Documento otorgado a un transportista que cuenta con Permiso Originario de Prestación de Servicios, que acredita la autorización que le ha concedido a éste el organismo nacional competente de un País Andino distinto al de su origen, para realizar transporte internacional de pasajeros por carretera desde o hacia su territorio, o a través de él. Se le otorga a empresas o cooperativas extranjeras. Vigencia del permiso un (01) año.

Recaudos y Requisitos:

  1. Solicitud escrita (papelería de la empresa o cooperativa, sellada y firmada por representante legal) dirigida al Ciudadano Presidente del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (atención a la Gerencia de Transporte Terrestre- División de Transporte Internacional) con un timbre fiscal de 0,02 UT.
  2. Registro de Vehículo, emitido por la Agencia de Nacional de Transporte Terrestres (ANTT) – Brasil.
  3. Copia autenticada o legalizada del poder notarial, por escritura pública, en el cual conste la designación del representante legal con plenas facultades para representar a la empresa o cooperativa en todos los actos administrativos, comerciales y judiciales en los cuales deba intervenir en  la República Bolivariana de Venezuela.

Nota: La Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil para el transportador por carretera en viajes internacionales, deberá ser presentada en la Oficina de Transporte Internacional, ubicada en Santa Elena de Uairen – Estado Bolívar.