Constancia de cumplimiento sobre la composición y ubicación Número de Identificación vehicular (NIV).

Documento expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre a través de la Gerencia de Transporte Terrestre que da conformidad a la composición estructura y contenido del Número de Identificación Vehicular (NIV), de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Técnico, según Resolución conjunta Ministerial publicada en G.O.R.B.V. numero 41.371 de fecha 05/04/2018.

Está dirigido a las empresas fabricantes, ensambladoras e importadoras de vehículos establecidas en el País.

Recaudos y Requisitos:

      1. Carta de Solicitud del interesado, dirigida al Ciudadano Gerente de Transporte Terrestre la misma debe describir la documentación física y en electrónica que consigna y/o anexa (Original y copia).
      2. Ficha técnica comercial, la misma debe poseer como mínimo la información y/o características básicas de: tren motriz, seguridad activa y pasiva, capacidades, dimensiones, pesos y fotografías referenciales del vehículo.
      3. Copia del certificado de cumplimiento de la norma de emisiones para fuentes móviles, emitido por MPP para el Ambiente VIGENTE (caso de vehículos a combustible dual se presentarán los certificados antes y después del proceso de conversión a GNV).
      4. Desglose del Número de Identificación Vehicular (NIV) de acuerdo a su composición y significado de cada uno de los caracteres contenidos en el NIV; según formato “Desglose del NIV por Modelo” código 3045-FO-004-1213.(Descargar).
      5. Copia del desglose y significado de cada uno de los (NIV) por modelo y/o versión según normas y reglamentos internos (fuente de origen ò casa matriz).
      6. Original de documento con el desglose y cumplimiento del Digito de Chequeo ó carácter verificador por modelo serie o versión (posición 9 del NIV).
      7. Documento explicativo emitido por la ensambladora o empresa fabricante en original o copia fiel debidamente legalizado (para empresas establecidas en la República Bolivariana de Venezuela) y/o apostillado (en caso de importadoras) el cual debe expresar:
          • Cumplimiento del tratamiento contra corrosión del lugar en el cual se coloca (estampa o troquela) el Número de Identificación vehicular (NIV).
          • Cumplimiento sobre el algoritmo derivado del NIV ù otro número de control interno (número o serial oculto), establecido por el fabricante o ensamblador guarde relación directa con el NIV asignado por este en el proceso de producción.
          • Aplica a todos los vehículos por modelo serie y versión descrito en el anexo “A” y en los casos de nuevos modelos de introducción deberá actualizar dicho documento.

1.-  A los efectos de renovación: anexar Copia del Registro sobre El Numero de         Identificación Vehicular Emitida por SENCAMER. (del año anterior o solicitud del año en curso de ser el caso).

NOTA:

A los efectos de esta solicitud los vehículos deben estar previamente descrito en el anexo “A” de la constancia de inscripción de REFECIV de la empresa.