Permiso Originario de Prestación de Servicio (Pasajeros) (Prórroga de la vigencia del Permiso).

  • Documento que acredita que un transportista ha sido autorizado por el organismo nacional competente de su país de origen para realizar transporte internacional de pasajeros por carretera, una vez que haya obtenido el Permiso Complementario de Prestación de Servicios correspondiente. Vigencia del Permiso un (01) año.

Recaudos y Requisitos:

  1. Solicitud escrita (papelería de la empresa o cooperativa, sellada y firmada por representante legal) dirigida al Ciudadano Presidente del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (atención a la Gerencia de Transporte Terrestre- División de Transporte Internacional) con un timbre fiscal de 0,02 UT.
  2. Copia del Certificado de Registro de Vehículo, de cada uno de los vehículos, cuyo registro solicita.
  3. Acta de revisión del vehículo (original y vigente).
  4. Copia de la Póliza de Responsabilidad Civil, tanto del vehículo, para el Transporte internacional por Carretera y Anexo de Accidentes Corporales para los tripulante.
  5. Relación e identificación de los vehículos de pasajeros cuya habilitación solicita indicando los que son propiedad de la empresa y los tomados en arrendamiento financiero, señalar las características del vehículo (placa, marca, año de fabricación, tipo, número de ejes, número de asientos y número de serie del chasis)