Solicitud de Apertura de Sucursal de Estacionamiento.

Acto Administrativo mediante el cual se autoriza al prestador del servicio iniciar el procedimiento una vez vencida la licencia de operaciones, en una locación adicional a la autorizada en la primera licencia de operaciones, para el servicio de recepción, guarda, custodia y entrega de vehículos a la orden o procesados por accidentes de tránsito o infracciones.

Recaudos y Requisitos:

  1. Carta de Solicitud Dirigida al Presidente del INTT con atención a la Gerencia de Servicios Conexos.
  2. Si se trata de una persona jurídica, copia certificada del Acta Constitutiva,  Estatutos Sociales y de sus últimas modificaciones, si las hubiera, Constancia de inscripción en la Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP), en caso de ser una asociación cooperativa o constancia de inscripción en el Registro de Comercio si se trata de una persona natural.
  3. Copia certificada del documento de propiedad del inmueble donde se encuentra ubicada la sucursal, o en su defecto, documento debidamente autenticado del contrato que faculte el  uso del mismo.
  4. Plano a escala 1:100 del terreno donde se encuentra ubicada la sucursal, así como su relación de proximidad con respecto a las vías principales de la ciudad o población, con mención clara de acceso(s) y salida(s) que posea el mismo «hoja tamaño carta».
  5. Solvencia de pago de impuestos municipales.
  6. Estudio de impacto ambiental y vial.
  7. Informe sobre el estado de las instalaciones y condiciones ofrecidas para la prestación del servicio.
  8. Relación de las Unidades de Remolque Público (URP) debidamente habilitadas por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), destinadas por el solicitante a la prestación del servicio de remolque o traslado de vehículos, desde y hacia dicho inmueble; que incluya una detallada identificación del vehículo, su propietario y conductores, acompañada de la copia fotostática de los documentos de propiedad de cada una de ellas y, en caso de ser procedente, de los documentos que faculten su utilización.
  9. Constancia de servicios de agua, electricidad y teléfono.
  10. Permiso emitido por el Cuerpo de Bomberos y Bomberas con competencia en la jurisdicción del inmueble.
  11. Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil General, para cubrir los daños que sufran los vehículos en guarda y custodia ubicados en dicho inmueble producto de explosión, inundación, motín e incendio y los eventuales daños que se produzcan a terceros como consecuencia de dichos hechos.
  12. Póliza de Sustracción Ilegítima de los vehículos en guarda y custodia ubicados en dicho inmueble, que cubra además su desmantelamiento total o parcial o la pérdida o sustracción de sus accesorios fácilmente separables.
  13. Cualquier otro requisito y formalidad que determine el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT).