Permiso Complementario de Prestación de Servicio (En el marco de las relaciones Venezuela – Brasil).

Documento otorgado a un transportista que cuenta con Permiso Originario de Prestación de Servicios, que acredita la autorización que le ha concedido a éste el organismo nacional competente de un País Andino distinto al de su origen, para realizar transporte internacional de pasajeros por carretera desde o hacia su territorio, o a través de él. Se le otorga a empresas o cooperativas extranjeras.Vigencia del permiso un (01) año

Recaudos y Requisitos:

  1. Solicitud escrita (papelería de la empresa o cooperativa, sellada y firmada por representante legal) dirigida al Ciudadano Presidente del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (atención a la Gerencia de Transporte Terrestre-  División de Transporte Internacional) con un timbre fiscal de 0,02 UT.
  2. Relación de Vehículo, emitido por la Agencia de Nacional de Transporte Terrestres (ANTT) – Brasil, debidamente apostillado
  3. Documento de Idoneidad emitido por la Agencia de Nacional de Transporte Terrestres (ANTT) – Brasil, debidamente apostillado
  4. Copia Certificada del registro mercantil de la empresa o cooperativa.
  5. Indicación de la dirección  teléfono, fax y email de la empresa
  6. Copia autenticada o legalizada del poder notarial, por escritura pública, en el cual conste la designación del representante legal con plenas facultades para representar a la empresa o cooperativa en todos los actos administrativos, comerciales y judiciales en los cuales deba intervenir en  la República Bolivariana de Venezuela. En caso que el documento sea en idioma portugués, deberá venir debidamente traducido.
  7. La Póliza internacionales de Seguro de Responsabilidad Civil, con amparo a la tripulación (por cada vehículo)