Es el documento que acredita al transportista para realizar operaciones de transporte internacional de mercancías por Carretera entre Venezuela y Brasil. De conformidad con lo establecido en el Acuerdo Bilateral suscrito entre la República Bolivariana de Venezuela y la República Federativa de Brasil.
Este permiso tiene duración, diez (10) años. Se le otorga a empresas o cooperativas venezolanas.
Nota: Antes de iniciar las operaciones se debe obtener el respectivo Permiso Complementario.
Recaudos y Requisitos:
- Solicitud escrita (papelería de la empresa o cooperativa, sellada y firmada por representante legal) dirigida al Ciudadano Presidente del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (atención a la Gerencia de Transporte Terrestre- División de Transporte Internacional) con un timbre fiscal de 0,02 UT.
- Copia Certificada del Registro Mercantil de la empresa o cooperativa.
- Copia del Certificado de Registro de Vehículo, de cada uno de los vehículos y/o unidades de carga, cuyo registro solicita.
- Copia de la póliza de seguro de Responsabilidad Civil para el transportador por carretera en viajes internacionales, tanto del vehículo como de la unidad de carga, con su respectivo anexo de Accidentes Corporales para el (los) tripulante.
- Acta de Revisión de cada uno de los vehículos cuyo registro solicita (original y vigente).
- Última Declaración del Impuesto sobre la Renta.
- Balance General, visado por un Contador Público, debidamente colegiado.
- Solvencia Laboral.
- Inscripción en el Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES).
- Indicación de la dirección teléfono, fax y email de la empresa o cooperativa.
- Relación e identificación de cada una de los vehículos y unidades que conforman la flota.
Nota: Antes de iniciar las operaciones se debe obtener el respectivo Permiso Complementario. La flota debe ser propia o estar bajo arrendamiento financiero de ser el caso este último deberá consignar copia del contrato.