Acto Administrativo mediante el cual el Instituto Nacional de Transporte Terrestre; autoriza al prestador del servicio continuar las operaciones como Servicio Conexo de Terminal Terrestre de Pasajeros y Pasajeras una vez vencida la vigencia de la licencia de Operaciones.
Recaudos y Requisitos:
- Carta de Solicitud Dirigida al Presidente del INTT con atención a la Gerencia de Servicios Conexos.
- Original documento que acredite la cualidad del representante legal de la sociedad mercantil, órgano o ente, según corresponda, en caso de haber sido sustituido.
- Copia fotostática de la cédula de identidad del representante legal de la sociedad mercantil, órgano o ente, en caso de haber sido sustituido.
- Copia fotostática Actas de Asamblea contentivas de últimas modificaciones, si las hubiere.
- Relación de prestadores del servicio de transporte público de pasajeros, en caso de haber sido modificada.
- En caso de modificación o ampliación de la infraestructura del Terminal de Transporte Terrestre de Pasajeros autorizado, deberá tramitar:
- La Certificación de Infraestructura de Servicios Conexos correspondiente a dicha modificación.
- Permiso municipal de construcción.
- Resultas del estudio de Impacto ambiental y vial por la autoridad competente, de ser el caso.
- Comprobante de pago de tasa por concepto de inspección técnico administrativa.
- Comprobante de pago de tasa por concepto de Licencia de Operaciones, previa aprobación de la inspección técnica administrativa y conformidad en la consignación de los recaudos por parte del Instituto Nacional de Transporte Terrestre.
NOTA: Inscripción en el Registro de Servicios Conexos: Una vez aprobada la Inspección Técnica y Otorgada la Licencia de Operaciones.