Otorgamiento de la Licencia de Operación del Servicios Conexos de Escuela del Transporte.

Acto Administrativo mediante el cual se autoriza al prestador del servicio iniciar las operaciones como Escuela del Transporte, dedicada a la capacitación y certificación de conductores, aspirantes a licencias para conducir vehículos automotores y la prestación de servicios de transporte terrestre.

 

 

Recaudos para la obtención de la licencia de operación

Artículo 5. Las personas jurídicas, interesadas en prestar el Servicio Conexo de Escuela del Transporte, deberán tramitar y obtener la Licencia de Operación correspondiente por ante el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, mediante solicitud y la consignación de los siguientes recaudos:

Con relación al establecimiento:

a)Original de la Panilla Única de Trámite o mecanismo que al efecto determine el Instituto Nacional de Transporte Terrestre;

  1. b) Copia fotostática del Acta Constitutiva, Estatutos Sociales y de sus últimas modificaciones, si las hubiere;
  2. c) Original o copia certificada y copia simple del documento que acredite la cualidad del representante legal de la persona jurídica solicitante;
  3. d) Copia fotostática del registro de la patente de industria y comercio para uso educacional;
  4. e) Estructura organizativa de la persona jurídica solicitante;
  5. f) Copia fotostática del Estudio de impacto ambiental y vial;
  6. g) Copia fotostática del documento de propiedad del inmueble donde se encuentra ubicado el establecimiento o, en su defecto, documento debidamente autenticado del contrato de arrendamiento vigente que faculte el uso del mismo;
  7. h) Original y digital de los planos a escala 1:100 del local o infraestructura de enseñanza teórica;
  8. i) Copia fotostática del documento que faculte la utilización o posesión del circuito cerrado, de ser el caso;
  9. j) Original y digital de los planos a escala 1:100 del circuito de enseñanza práctica de conducir, tanto abierto como cerrado;
  10. k) Permiso de circulación en vías públicas original, emitido por la autoridad administrativa municipal competente, si aplica;
  11. l) Copia fotostática del permiso vigente emitido por el Cuerpo de Bomberos con competencia en la jurisdicción del inmueble;
  12. m) Constancia de pago de las tasas y tarifas correspondientes;
  13. n) Cualquier otro recaudo relacionado con el inmueble que determine el Instituto Nacional de Transporte Terrestre;
  14. o) Relación de vehículos destinados a prestar el servicio de enseñanza, según el grado y modalidad de conducción, los cuales deben poseer un sistema de doble control de frenos, acelerador y embragues, debidamente homologado por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre y cumplir con el Manual de Identidad Visual de la Escuela del Transporte;
  15. p) Copia fotostática de la constancia de la Revisión Técnica, Mecánica y Física de los vehículos;
  16. q) Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil de los vehículos.