Documento que acredita que un transportista ha sido autorizado por el organismo nacional competente de su país de origen para realizar transporte internacional de pasajeros por carretera, una vez que haya obtenido el Permiso Complementario de Prestación de Servicios correspondiente.Vigencia del Permiso un (01) año.
Recaudos y Requisitos:
- Solicitud escrita (papelería de la empresa o cooperativa, sellada y firmada por representante legal) dirigida al Ciudadano Presidente del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (atención a la Gerencia de Transporte Terrestre- División de Transporte Internacional) con un timbre fiscal de 0,02 UT.
- Copia certificada del documento autenticado en el que conste la designación del representante legal. (Este requisito aplica únicamente para la designación de un nuevo representante legal)
- Copia de la Póliza de Responsabilidad Civil, tanto del vehículo como de la unidad de carga, para el Transporte internacional por Carretera y Anexo de Accidentes Corporales para el (los) tripulante.
- Relación e identificación de los vehículos y unidades de carga cuyo registro solicita indicando los que son propiedad de la empresa y los tomados en arrendamiento financiero, señalar las características del vehículo y/o unidad (placa, marca, año de fabricación, tipo, número de ejes, peso vehicular o tara, capacidad de arrastre o carga y número de serie del chasis).
Nota: Este permiso será realizado por personas jurídicas, cuya actividad comercial principal no sea la actividad remunerada efectuada por vehículos de su propiedad y que se aplica exclusivamente a mercancías que utiliza para su consumo o para la distribución de sus productos.