Documento que acredita la habilitación de un vehículo para prestar el servicio de transporte internacional de mercancías por carretera. Se le otorga a los vehículos y unidades correspondiente a la flota de empresas o cooperativa venezolanas.Vigencia de este Certificado un (01) año.
Recaudos y Requisitos:
- Solicitud escrita (papelería de la empresa o cooperativa, sellada y firmada por representante legal) dirigida al Ciudadano Presidente del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (atención a la Gerencia de Transporte Terrestre-División de Transporte Internacional) con un timbre fiscal de 0,02 UT.
- Fotocopias de los documentos a certificar.
- Original de la Planilla de cancelación bancaria correspondiente, de acuerdo a las tasas establecidas en la Ley de Timbre Fiscal.