En octubre de 2011 fue publicado en la Gaceta Oficial N.º 39.772 el Reglamento Parcial de la Ley de Transporte Terrestre sobre el Uso y Circulación de Motocicletas en la Red Vial Nacional y el Transporte Público de Personas en la Modalidad Individual Moto Taxis. A 14 años de este acto de dignificación del sector motorizado, impulsado por el Comandante Hugo Chávez, el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) mantiene activo el Plan de Matriculación para la identificación de vehículos tipo moto que prestan servicio de Mototaxis, en todo el país, con el objetivo de regularizar a las cooperativas debidamente constituidas y con documentación vigente.
Este reglamento establece diversos requisitos para los prestadores del servicio de Mototaxis, entre ellos la obligación de contar con el Certificado de Registro que contemple la modalidad de transporte público, así como la placa identificadora amarilla, la cual debe estar completamente visible.
En el año 2023, el INTT impulsó el Plan Nacional de Matriculación para Mototaxis como parte de sus políticas de acción, y se lograron regularizar muchas de las cooperativas de este sector.
Actualmente, aquellas líneas de mototaxis que deseen adquirir sus placas amarillas, primero, deberán acudir a la Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP) para obtener el registro de la cooperativa; a la Policía Nacional Bolivariana (PNB) con el fin de realizar la experticia vehicular correspondiente; al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) para verificar el estatus del vehículo en caso de haber sido comprado de segunda mano; a la Defensa Pública, donde se tramita la declaración jurada de cómo obtuvo el vehículo, este documento posteriormente se lleva al Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN) para protocolizarlo.
Estos pasos son obligatorios para obtener el Certificado de Registro del Vehículo, el cambio de uso de particular a mototaxi y la asignación de la placa amarilla que identifica al prestador del servicio de transporte público.
Requisitos para obtener la placa amarilla:
• Estar debidamente registrado ante la SUNACOOP.
• Poseer los permisos vigentes de la alcaldía (DT8) correspondiente al área de prestación del servicio.
• Presentar el Certificado de Origen y factura del vehículo, o el documento de compra-venta.
• Contar con la experticia vehicular vigente, con la coletilla que indique el cambio de uso.
Asimismo, el reglamento parcial de 2011 contempla otras disposiciones orientadas a optimizar el servicio y garantizar la seguridad vial de los usuarios. Entre ellas se destacan:
• Prohibición de transportar niños menores de 10 años.
• Restricción para llevar mujeres embarazadas.
• Prohibición de transportar adultos mayores de 60 años.
• Prohibición de trasladar equipaje que dificulte las maniobras o que exceda los 15 kg de peso.
El otorgamiento de las placas amarillas es respuesta concreta a 25 años de lucha por el reconocimiento de los mototaxistas como operadores de transporte organizados, símbolo de legalidad y dignificación.
PRENSA INTT // R: EDDYMAR CORONADO / F: COMUNICACIONES INTT