El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) en trabajo conjunto con el Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (CPNB), atendiendo denuncias realizadas por los usuarios a través de las redes sociales, sancionaron a un operador de transporte público en el estado Mérida, que circulaba por la avenida Centenario, a exceso de velocidad y por el canal rápido, infringiendo lo establecido en la resolución conjunta 004 del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, y la 002 del Ministerio del Poder Popular para el Transporte.
La mencionada resolución establece los límites de velocidad máxima permitida para los vehículos a motor, minibuses y autobuses de uso público y privado en las vías públicas, teniendo que en autopistas es de 70 km/h, en carreteras panamericanas y troncales 60 km/h, en zonas urbanas 40 km/h y en intersecciones 15 km/h.
Adicionalmente, el transportista colocó en peligro a los usuarios de la unidad y a otros conductores de la vía, por lo que faltó al artículo 108 de la Ley de Transporte Terrestre, referido al derecho de los pasajeros a exigir un servicio seguro, por lo que se suspendió la Licencia para Conducir por 3 meses, al igual que la restricción de la unidad para prestar servicio, fundamentando el procedimiento en el artículo 169 de la Ley, numeral 12.
El Instituto hace un llamado a todos los conductores a respetar las normas de seguridad vial para proteger la vida y la integridad de todos los actores viales. Asimismo, anima a los usuarios y usuarias a denunciar cualquier comportamiento irresponsable que ponga en peligro la seguridad en el transporte público, con el fin de mantener un sistema seguro y confiable para toda la población.
PRENSA INTT// EDDYMAR CORONADO/DUBRASKA MOYA